Año de la Misericordia: la indulgencia plenaria

La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados ya borrados en cuanto a la culpa, que el fiel cristiano, debidamente dispuesto y cumpliendo unas ciertas y determinadas condiciones, consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos. En efecto, el pecado cometido tiene una doble componente. Por una parte la culpa o el pecado en sí mismo, que queda completamente perdonado a través de una confesión sacramental bien hecha; por otra parte la pena. La pena  se la suele describir como la mancha o mejor dicho la huella que nuestros pecados dejan en el alma. Es decir, cada pecado cometido, además de ser una ofensa a Dios que debe ser reparada mediante el perdón de Dios, nos hace daño e inclina al hombre hacia ese pecado cometido.
Todo acto de amor a Dios va borrando la pena en la medida que son actos contrarios al pecado y, por tanto, va inclinando el actuar del hombre hacia el bien. Si en el momento de nuestra muerte, aún permanece algo de esa huella que el pecado imprimió en el alma, en el Purgatorio el alma alcanza la plena remisión de esa pena para poder entrar al Cielo.
La Iglesia, como Madre que es, nos ofrece un modo muy eficaz y sencillo de eliminar todo residuo que nuestros pecados hayan podido dejar en nuestra alma: las indulgencias, parciales (si borran parte de la pena) o plenarias (si eliminan la totalidad de la pena debida por nuestros pecados). Para que nos entendamos, si un fiel gana una indulgencia plenaria y acto seguido fallece, su alma sube al Cielo sin pasar por el Purgatorio.
Para ganar una indulgencia plenaria, además de la exclusión de todo afecto a cualquier pecado, incluso venial, se requiere la ejecución de la obra enriquecida con indulgencia y el cumplimiento de tres condiciones, que son: la confesión sacramental, la comunión eucarística y la oración por las intenciones del Sumo Pontífice. Con una sola confesión sacramental, pueden ganarse varias indulgencias plenarias; en cambio, con una sola comunión eucarística y una oración por las intenciones del Sumo Pontífice sólo se gana una indulgencia plenaria. Las tres condiciones pueden cumplirse unos días antes o después de la ejecución de la obra prescrita: pero conviene que la comunión y la oración por las intenciones del Sumo Pontífice se realicen el mismo día en que se cumple la obra.
La exclusión de todo afecto a cualquier pecado consiste en una acto interior de la voluntad (un querer) mediante el cual nos proponemos rechazar todo tipo de pecado. Es el propósito firme de no pecar más y evitar toda ocasión de pecado, aunque se sepa positivamente que, por nuestra debilidad, se vayan a volver a cometer pecados. Por tratarse de un querer es bueno pedir la gracia al Espíritu Santo para que nos ayude a lograr un deseo sincero de rechazo al pecado.
La condición de orar por las intenciones del Sumo Pontífice se cumple si se reza según su intención un solo Padrenuestro y Avemaría; pero se concede a cada fiel la facultad de rezar cualquier otra fórmula, según su piedad y devoción.
Nadie que gane indulgencias puede aplicarlas a otras personas que aún viven. En cambio, las indulgencias, tanto parciales como plenarias, pueden aplicarse siempre a los difuntos como sufragio. Por supuesto que también se pueden ganar las indulgencias en favor de uno mismo.
La indulgencia plenaria sólo puede ganarse una vez al día. La indulgencia parcial puede ganarse varias veces al día, a no ser que expresamente se establezca lo contrario.

Hay muchas obras enriquecidas con indulgencia. Concretamente, para este año de la Misericordia, el Papa Francisco concede indulgencia plenaria a quienes atraviesen la Puerta Santa, cumpliendo con las tres condiciones antes mencionadas y teniendo la disposición interior de rechazo a todo pecado. En cada diócesis el obispo del lugar ha inaugurado una Puerta Santa para que los fieles puedan lucrar la indulgencia plenaria. De ordinario, se trata de alguna de las puertas de la Catedral de la diócesis y también alguna de las puertas del Santuario más importante de la diócesis. Esta indulgencia se puede ganar no solamente una vez en el año de la Misericordia, sino tantas veces como se desee.

Otras obras enriquecidas con indulgencia, tanto parcial como plenaria, se las puede ver aquí

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