Año de la Misericordia: la indulgencia plenaria
La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal
por los pecados ya borrados en cuanto a la culpa, que el fiel cristiano,
debidamente dispuesto y cumpliendo unas ciertas y determinadas condiciones,
consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la
redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de
Cristo y de los santos. En efecto, el pecado cometido tiene una doble
componente. Por una parte la culpa o
el pecado en sí mismo, que queda completamente perdonado a través de una
confesión sacramental bien hecha; por otra parte la pena. La pena se la suele describir como la mancha o mejor dicho la huella que nuestros pecados dejan en el
alma. Es decir, cada pecado cometido, además de ser una ofensa a Dios que debe
ser reparada mediante el perdón de Dios, nos hace daño e inclina al hombre
hacia ese pecado cometido.
Todo acto de amor a Dios va borrando la pena en la medida
que son actos contrarios al pecado y, por tanto, va inclinando el actuar del
hombre hacia el bien. Si en el momento de nuestra muerte, aún permanece algo de
esa huella que el pecado imprimió en
el alma, en el Purgatorio el alma alcanza la plena remisión de esa pena para
poder entrar al Cielo.
La Iglesia, como Madre que es, nos ofrece un modo muy eficaz
y sencillo de eliminar todo residuo que nuestros pecados hayan podido dejar en
nuestra alma: las indulgencias, parciales (si borran parte de la pena) o
plenarias (si eliminan la totalidad de la pena debida por nuestros pecados).
Para que nos entendamos, si un fiel gana una indulgencia plenaria y acto
seguido fallece, su alma sube al Cielo sin pasar por el Purgatorio.
Para ganar una indulgencia plenaria, además de la exclusión de todo afecto a cualquier pecado,
incluso venial, se requiere la ejecución
de la obra enriquecida con indulgencia y el cumplimiento de tres condiciones, que son: la confesión sacramental, la comunión
eucarística y la oración por las
intenciones del Sumo Pontífice. Con una sola confesión sacramental, pueden
ganarse varias indulgencias plenarias; en cambio, con una sola comunión
eucarística y una oración por las intenciones del Sumo Pontífice sólo se gana
una indulgencia plenaria. Las tres condiciones pueden cumplirse unos días antes
o después de la ejecución de la obra prescrita: pero conviene que la comunión y
la oración por las intenciones del Sumo Pontífice se realicen el mismo día en
que se cumple la obra.
La exclusión de todo
afecto a cualquier pecado consiste en una acto interior de la voluntad (un
querer) mediante el cual nos proponemos rechazar todo tipo de pecado. Es el
propósito firme de no pecar más y evitar toda ocasión de pecado, aunque se sepa
positivamente que, por nuestra debilidad, se vayan a volver a cometer pecados.
Por tratarse de un querer es bueno
pedir la gracia al Espíritu Santo para que nos ayude a lograr un deseo sincero
de rechazo al pecado.
La condición de orar
por las intenciones del Sumo Pontífice se cumple si se reza según su
intención un solo Padrenuestro y Avemaría; pero se concede a cada fiel la
facultad de rezar cualquier otra fórmula, según su piedad y devoción.
Nadie que gane indulgencias puede aplicarlas a otras
personas que aún viven. En cambio, las indulgencias, tanto parciales como
plenarias, pueden aplicarse siempre a los difuntos como sufragio. Por supuesto
que también se pueden ganar las indulgencias en favor de uno mismo.
La indulgencia plenaria sólo puede ganarse una vez al día. La
indulgencia parcial puede ganarse varias veces al día, a no ser que
expresamente se establezca lo contrario.
Hay muchas obras
enriquecidas con indulgencia. Concretamente, para este año de la
Misericordia, el Papa Francisco concede indulgencia
plenaria a quienes atraviesen la
Puerta Santa, cumpliendo con las tres condiciones antes mencionadas y
teniendo la disposición interior de rechazo a todo pecado. En cada diócesis el
obispo del lugar ha inaugurado una Puerta Santa para que los fieles puedan
lucrar la indulgencia plenaria. De ordinario, se trata de alguna de las puertas
de la Catedral de la diócesis y también alguna de las puertas del Santuario más
importante de la diócesis. Esta indulgencia se puede ganar no solamente una vez
en el año de la Misericordia, sino tantas veces como se desee.
Otras obras enriquecidas con indulgencia, tanto parcial como plenaria, se las puede ver aquí
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